Como norma general, los nombres y apellidos en castellano se rigen por las normas de ortografía comunes, pero existen muchas excepciones:
1º En caso de duda, se escribirán como en el registro civil. Por ejemplo: José, Joseph, Josef; López, Lopes...
2º Desde 1.982 se recomienda a los que escriben su nombre de forma distinta a las de las normas de ortografía, lo hagan siempre igual. Por ejemplo las variantes de Elena, Helena; Ana, Anna; Ester, Esther; Joaquin, Juaquin, Juaqui, Joaquín; Astrid, Ástrid...
3º Si existen variantes de acento, “se acentuarán gráficamente de acuerdo con la pronunciación que se les otorgue” (Ortografía de la lengua española, 2010: 636). Por ejemplo Joaquín con tilde en casi toda España [Jo.a.quín]; pero con la posibilidad de sin tilde (Joaquin, [Juoa.qui.]) en Murcia, Alicante, Almería, Albacete e Istán, si son nativos con acento murciano.
4º Si los nombres son de otro país o de otra lengua, se mantienen en su forma original. Aunque se podría tildar para pronunciarse mejor (Ortografía de la lengua española, 2010: 637). Por ejemplo: Nicolás Sarkozy (pronunciado habitualmente [nikolás] y no [nikolá] como en francés, lengua en la que este nombre se escribe Nicolas)”.
Desde 1.976 se recordó que no se deben usar plurales de los nombres propios, por la propia definición de exclusividad.
Desde 1.976 se recordó que no se deben usar plurales de los nombres propios, por la propia definición de exclusividad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario